Si lo que quieres es comprar las hojas de reclamaciones vigentes desde el 4 de Diciembre de 2019 según el BOJA puedes comprarlas online en esta pagina: http://papeleriaindustrial.es/libros-de-contabilad/26293-libro-liderpapel-hojas-de-reclamaciones-junta-de-andalucia-din-a4-25-juegos-original-2-copias.html
Cada día se venden menos archivadores, la facturación electrónica y los discos duros reemplazan los antiguos AZ, menos talonarios de todo los impresos digitales … te envio la factura por pdf, en las tiendas apple store ya ni te dan el ticket de la compra… hala menos papel, menos cuadernos porque me lo apunto en el móvil… menos papel en general porque no lo imprimo lo veo en el ipad…, por lo consiguiente menos bolis porque no los necesitamos, y también menos LIBROS DE CONTABILIDAD, son pocos y encima cuando algún organismo publico saca algo nuevo normalmente concede la venta a algún gran consorcio olvidándose de las papelerías de toda la vida….
Aunque al princio la Junta de Andalucia empezo a vender los libros de reclamaciones en sus oficinas de Consumo, en Febrero de 2015 ha decidido darnos el priviliegio a las papelerías como debia haber sido desde un principio y ahora puedes comprar el nuevo libro de reclamaciones que se puede comprar en cualquier papelería, ahora el problema es encontrar esa papeleria de barrio o de pueblo, porque en muchos sitios han sigo engullias por «UN CHINO» y tu que dejaste de comprar en la papeleria de tu barrio pueblo por ir al chino, que parecia más barato… explicale al chino que quieres un libro de reclamaciones de la junta…. PONLE UNA RECLAMACIÓN…
Bueno lo dicho que nos encanta que de muy vez en cuando haya un producto nuevo en la papelerías… lo venden diferentes marcas LIDERPAPEL y DOHE he detectado yo en el mercado. Tal y como recoge la normativa el libro esta compuesto por 25 juegos de hojas autocopiativas en papel blanco.
El libro consiste
Todas las empresas o personas titulares de actividades que comercialicen bienes o presten servicios en Andalucía tienen la obligación de tener un libro oficial de hojas de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía en formato papel, a disposición de la persona consumidora que las solicite.
Si se ha tenido algún problema con una empresa, centro o establecimiento que comercialice bienes o preste servicio en Andalucía, se puede solicitar y presentar una hoja oficial de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía. Cada juego está formado por 3 ejemplares autocopiativos, que deberán ser cumplimentados en todos sus campos.
El plazo máximo de que dispone la empresa o entidad reclamada para contestar la queja o reclamación será, en todo caso, de 10 días hábiles, constituyendo el incumplimiento de la citada obligación infracción administrativa en materia de consumo.
Si la empresa o entidad reclamada no respondiera en el plazo mencionado o la respuesta no fuera satisfactoria para la parte reclamante, ésta podrá remitir la queja o reclamación a la Administración de Consumo, es decir, a elección de la persona consumidora, tanto a la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de consumo, en este caso el Servicio de Consumo Provincial, como la Oficina de Información al Consumidor u OMIC correspondientes al domicilio de la misma.
Si la empresa o entidad a la que se desee poner una queja o reclamación está adherida al Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones (HOJ@), la persona consumidora podrá interponerle:
– Una hoja electrónica de quejas y reclamaciones de manera telemática (todo el proceso es telemático: desde la presentación en la empresa o entidad reclamada de la hoja de quejas y reclamaciones, hasta la hipotética presentación de la hoja de quejas y reclamaciones en la Administración).
No haría falta que la empresa o entidad estuviera adherida al Sistema HOJ@ para que la persona pudiera interponerle:
– Una hoja de de quejas y reclamaciones escaneada (la queja o reclamación se presenta de manera convencional en la empresa o entidad reclamada y, en su caso, posteriormente, se remite a la Administración de manera telemática escaneando toda la documentación, incluida la hoja de quejas y reclamaciones).
Puedes informarte de como utilizar este libro de reclamaciones en siguiente enlace CONSUMO RESPONDE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

- La entrega será obligatoria, inmediata y gratuita, incluso aunque la empresa o profesional no haya llegado a realizar la entrega de bienes o la prestación de servicios a la persona consumidora.
- La Hoja de Reclamaciones deberá ser entregada en el mismo lugar donde se solicite o en el lugar identificado como información o atención a la clientela, sin remitir al reclamante a otras dependencias u oficinas centrales distantes del lugar en que se han producido los hechos.
- Si la venta o prestación del servicio se realiza fuera del establecimiento o centro, incluyendo los servicios a domicilio, el profesional deberá llevar consigo un Libro de Hojas de Quejas y Reclamaciones y poner a disposición del reclamante la Hoja de Reclamaciones tras su solicitud.
- Cuando sea solicitada la Hoja de Quejas y Reclamaciones y esta no sea entregada porque la empresa o profesional no dispongan de la misma o no deseen entregarla, la persona reclamante podrá solicitar el auxilio de los agentes de la autoridad competente en materia de consumo, a fin de que hagan constar la negativa a la entrega de la Hoja de Quejas y Reclamaciones o la inexistencia de la misma.
- Es INFRACCIÓN en materia de consumo contemplada en la Ley 13/2003 (Art. 71.8.2) de defensa y protección de los consumidores y usuarios de Andalucía que podría derivar en sanción administrativa la no disposición de libros de hojas de quejas y reclamaciones oficiales, así como negarser o resisterse a suministrarlos a los consumidores que lo soliciten u ocultar o alterar las reclamaciones realizadas por este medio. Así también, el hecho que suponga suministrar libros de Hojas de Quejas y Reclamaciones que no sean oficiales a los consumidores que muestren su voluntad de presentar una reclamación.


- Cuando no se haya recepcionado la Hoja de Quejas y Reclamaciones en el establecimiento y la persona consumidora o usuaria la hubiera registrado junto con copia del acta que denuncia la no recepción de la misma.
- Cuando la empresa o profesional no hubiera facilitado la Hoja de Quejas y Reclamaciones a la persona reclamante.
- Cuando la empresa o profesional resida fuera del municipio de Córdoba y haya prestado sus servicios o suministrado productos a una persona consumidora o usuaria empadronada en Córdoba.
La persona consumidora y usuaria podrá tramitar Hojas de Quejas y Reclamaciones vía electrónica siempre y cuando disponga de certificado digital y las empresas titulares de actividades, establecimientos y centros esten adheridos al Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones. Podrá encontrar más información en la página principal de la Oficina virtual de consumo de la Junta de Andalucía y respecto a la tramitación de la Hoja de Reclamaciones electrónica en reclamación electrónica.
A continuación se describe la forma que la empresas y profesionales deben publicitar la existencia de Hojas de Quejas y Reclamaciones según el tipo de actividad que desarrollan y si disponen de establecimiento físico o no (Artículo 4 y 6 del Decreto 72/2008).

[…] y como os hablaba en mi artículo del 2015el libro de reclamaciones de JUNTA DE ANDALUCIA lo podemos vender en las papelerías, algo que […]